Desde hace unos años, los procesos para reclamar tarjetas “revolving” en los juzgados han aumentado considerablemente debido a la abundante comercialización de este tipo de tarjetas y el carácter usurario de los tipos de intereses pagados.
Pero, ¿qué son exactamente las tarjetas “revolving”? ¿Por qué son peligrosas? ¿Cómo se pueden reclamar tarjetas “revolving”?
Desde A Vicente Abogados queremos ayudarle, por lo que vamos a analizar todos los aspectos relevantes y que debe de saber respecto a estas tarjetas.
¿Qué son las tarjetas “revolving”?
Las tarjetas de crédito a diferencia de las de débito, no retiran el dinero de la cuenta del cliente de forma inmediata según los fondos disponibles, sino que permiten efectuar compras y retiradas de dinero en cajeros, aunque no se disponga de fondos, posponiendo su pago a futuro.
Y en lo que respecta al pago o devolución del dinero prestado, las entidades ofrecen varias formas de pago del saldo pendiente.
La más habitual es a mes vencido. Es decir, que durante un periodo de 30 (o 60) días se van efectuando las compras con la tarjeta y al final del período llega una factura por el importe total, quedando la deuda saldada. Este tipo de pago no suele tener tipo de interés.
Sin embargo, existen otras opciones de pago aplazado, que permiten al cliente aplazar ciertos el pago total de la deuda durante varios meses, pero aplicando un tipo de interés, del que evidentemente se benefician las entidades emisoras de las tarjetas.
Y dentro de las opciones de pago aplazado, están las denominadas tarjetas “revolving”, que permiten aplazar siempre y de forma automática los pagos, estableciendo cada mes un porcentaje de saldo pendiente (con un mínimo y un máximo); o una cuota fija que no suele ser muy elevada.
Pero, ¿cuál es el peligro de las tarjetas “revolving”?
Sin duda, el principal problema de este tipo de tarjetas es el elevado tipo de interés que se paga cada mes por aplazar el pago de la deuda. Tipos de interés que rondan el 20 o 30% TAE.
Y, ¿cómo se produce el aumento de la deuda?
El sistema “revolving” es una línea de crédito que permite sucesivas disposiciones hasta el límite concedido y durante toda la vida del contrato. El crédito puede llegar a ser inasumible en muchas ocasiones, más aún cuando se fija un porcentaje sobre la cantidad adeudada, que suele ser de un mínimo del 3%, o una cuota mensual pequeña.
En otras palabras, el peligro de estas tarjetas llega cuando el pago mensual es fijo, porque puede darse el caso de que este fijo no cubra el interés y por tanto la deuda principal siga aumentando.
Pongamos un ejemplo
Imaginemos que una tarjeta cobra un 25% de interés anual y tiene un pago fijo de 100€ al mes. El cliente puede estar seguro de que compre lo que compre solo pagará 100€ al mes.
El cliente entonces efectúa una compra de 6.000€ para unas vacaciones en familia. Al final del primer mes habrá pagado 100€, y del saldo pendiente (5.900€) la entidad cobrará los intereses (el 25% de 5.900€, dividido entre 12 meses, es decir, 123€). Por tanto, el saldo pendiente para el próximo mes son 6.023€. Más que lo que debía al principio.
Si este cliente no usa más su tarjeta, pagando 100 euros al mes nunca llegará a pagar el principal. Todo lo contrario, cada mes deberá más dinero al banco.
En resumen, si el saldo pendiente es alto y el pago mensual fijo es bajo, el saldo pendiente empieza a crecer rápidamente y de forma muy peligrosa.
¿Cómo reclamar tarjetas “revolving”?
Antes de nada, debemos ser conscientes de que ninguna entidad financiera realizará la devolución del dinero del cliente afectado por iniciativa propia. Por consiguiente, se hace imprescindible que el consumidor inicie una reclamación.
Caso de sentencia ganada contra Wizink Bank por tarjeta revolving”
Reclamar tarjetas “revolving” por vía extrajudicial
Para reclamar tarjetas “revolving” extrajudicialmente debe ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente del banco o entidad financiera emisora de dicha tarjeta y presentar un escrito con la incidencia.
El periodo máximo para contestar a la reclamación es de dos meses, y en caso de no recibir respuesta o de que esta sea negativa, el consumidor podrá acudir al Banco de España y presentar un recurso. El Banco de España tiene un plazo de cuatro meses para responder a dicho recurso.
Aunque no es necesario contar con la asistencia de un abogado especialista para hacer este tipo de reclamaciones extrajudiciales, es altamente recomendable por los siguientes motivos:
- La entidad financiera, en caso de aceptar la negociación extrajudicial, suele ofrecer un trato menos ventajoso para el consumidor del que realmente le corresponde, aprovechándose de su desconocimiento en materia jurídica.
- También es probable que la respuesta se retrase más en el tiempo, dado que el banco no tendrá, por lo general, ninguna prisa por llegar a dicho acuerdo.
- Que la reclamación y negociación esté impulsada por un abogado garantizará la defensa de los intereses del consumidor, ya que el especialista conocerá perfectamente los derechos del consumidor y las obligaciones de la entidad.
Reclamar tarjetas “revolving” por vía judicial
En el caso de que no fuera posible lograr un acuerdo extrajudicial con la entidad, la siguiente fase sería acudir a los tribunales, reclamar tarjetas “revolving” por vía judicial
Actualmente, existe abundante jurisprudencia a favor del consumidor, por lo que la reclamación judicial es en muchos casos la mejor solución dado su alto índice de éxito.
En este proceso judicial ya no podemos hablar de plazos concretos. Va a depender de la carga de trabajo y la acumulación de procedimientos que tenga el juzgado competente. Por lo que el tiempo que tarde desde que se presenta la demanda hasta que sea admitida a trámite, puede ser incluso un plazo de superior a los 6 meses.
Para este proceso es necesario e, incluso, obligatorio contar con un abogado y procurador.
Documentación para reclamar tarjetas “revolving”
Para reclamar tarjetas “revolving” es necesario disponer de una documentación concreta:
- Recibos o liquidaciones, que debes haber recibido por correo o a través de la plataforma online.
- Contrato de la tarjeta “revolving”
¿Cómo le podemos ayudar en A Vicente Abogados?
En nuestro despacho de abogados Murcia, nos especializamos en derecho bancario, en concreto en la reclamación de este tipo de tarjetas abusivas.
Contar con un abogado experto en la materia es fundamental en este tipo de reclamaciones.
Si no tuviera toda la documentación necesaria, no se preocupe, en nuestro despacho le ayudaremos a conseguir toda la documentación necesaria, así como le informaremos de todo el procedimiento.
Si usted tiene una tarjeta de crédito, y aunque paga mensualmente su cuota no ve reducida su deuda. Llámenos y cuéntenos su caso.