El IRPH, es un tipo de interés oficial, que durante muchos años ha sido aplicado a millones de hipotecas en puesto del ya tan famoso Euribor. El IRPH se obtiene de la media del interés que cobran las entidades, incluyendo la TAE, los gastos hipotecarios, comisiones en préstamos hipotecarios a más de tres años, lo cual suponía aproximadamente más de un cuarto de punto porcentual sobre el interés nominal.
Si analizamos la evolución del IRPH, éste siempre ha sido superior al Euribor, tanto que en algunos casos, el cliente puede llegar a pagar 3.000€ más al año con este tipo de interés.
El IRPH fue muy utilizado entre 2001 y 2009, llegando incluso a alcanzar en varios meses cifras superiores al 5%.
Usar el IRPH como índice de referencia es legal. El problema está en el procedimiento que han seguido las entidades bancarias a la hora de ofertarlo a los clientes.
Actualmente hay en España 1,3 millones de hipotecas referenciadas al IRPH.
¿Y cómo saber si una hipoteca está referenciada al IRPH? Basta con acudir a la escritura de préstamo hipotecario, en el apartado del tipo de referencia. Lo habitual es que salga en la cláusula tercera, y encontremos la siguiente definición: “tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por el conjunto de cajas, bancos o entidades…”.
Otra alternativa es revisar los recibos de la hipoteca y el tipo de interés que estás pagando. Actualmente el Euribor está en negativo, por lo que si tu tipo de interés es bastante más alto que el diferencial que has contratado es posible que tu hipoteca esté referenciada al IRPH.
En los últimos años, la comercialización de este índice ha sido cuestionada en los tribunales. Tal es así, que tras una cuestión prejudicial planteada ante el Tribunal de Justicia de Unión Europea, este 10 de septiembre, el Abogado General del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, ha presentado sus conclusiones sobre este índice, dando la razón al cliente.
Según el abogado del TJUE la cláusula de IRPH debe someterse a control judicial para ser declarada abusiva.
El abogado general dice que para cumplir el control de transparencia, el banco tiene que proporcionar la información suficiente para que el consumidor pueda tomar una decisión prudente y con pleno conocimiento de causa en lo que se refiere al método de cálculo del tipo de interés aplicable y además, referirse a la evolución en el pasado del índice de referencia escogido.
¿Y si tengo IRPH, lo puedo reclamar? Si quieres reclamar a tu banco la imposición del IRPH, lo primero es presentar un escrito a la entidad pidiendo que eliminen este índice por ser abusivo.
En la mayoría de los casos los tribunales están considerando abusivo el IRPH y declarándolo nulo, pero todavía falta que el TJUE se pronuncie en sentencia.